Tel: 15 2323 6311 / 4786-5564 / 15 2746-9933

Consultas OnLine las 24hs.

Código Procesal Penal Nacional Artículo 203. Incorporación del acuerdo al proceso

Código Procesal Penal Nacional Artículo 203. Incorporación del acuerdo al proceso

Código Procesal Penal Nacional Artículo 203. Incorporación del acuerdo al proceso
En caso de ser aceptado, el acuerdo será incorporado al proceso y la ejecución del beneficio se diferirá al momento del dictado de la sentencia de condena por el órgano judicial interviniente.

Nacional Artículo 203 CPP

No Comments

Leave Comment

Abogado Penal located at Capital Federal , Argentina, Buenos Aires . Reviewed by 14.789.656 visitas rated: 4.7 / 5