Tel: 15 5561-1555 / 4786-5564 / 15 2746-9933

Consultas OnLine las 24hs.

Search by tag: codigo-penal-nacional-articulo-176

Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 176

Código Penal Nacional Artículo 176. Será reprimido, como quebrado fraudulento, con prisión de dos a seis años e inhabilitación especial de tres a diez años, el comerciante declarado en quiebra que, en fraude de sus acreedores, hubiere incurrido en algunos de los hechos siguientes: 1. Simular o suponer deudas, enajenaciones, gastos o pérdidas; 2. No […]

Abogado Penal located at Capital Federal , Argentina, Buenos Aires . Reviewed by 14.789.656 visitas rated: 4.7 / 5