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Codigo Penal Nacional enero 4, 2023

Código Penal Nacional Artículo 294

Código Penal Nacional Artículo 294. El que suprimiere o destruyere, en todo o en parte, un documento de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en las penas señaladas en los artículos anteriores, en los casos respectivos.- Nacional Artículo 294 CP

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